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viernes, 28 de enero de 2011

Temas Comerciales de la O M C

Información disponible en el sitio de la OMC sobre las cuestiones de que se ocupan los Consejos y Comités de la OMC, así como sus acuerdos comerciales

Integración económica


Los conceptos básicos.

Aspectos generales de los acuerdos de integración. Las formas organizativas del comercio mundial: multilateralismo, regionalismo y bilateralismo. Tipologías de esquemas de integración económica. Propósitos de la integración económica.
Aclaración: Si acceden al link, podrán obtener el material digitalizado.

Perroux, F. (2000), “¿Quién integra? ¿En beneficio de quién se realiza la integración?”, Integración & comercio, número especial, INTAL, Buenos Aires.

Bouzas, R. y Fanelli, J. M. (2002), “La integración regional y sus razones”, en: Bouzas y Fanelli, MERCOSUR: integración y crecimiento, Ed. Altamira – Fundación OSCE, Cap. 2.

Pelkmans, J. (1993), “Comparando las integraciones económicas: Prerequisitos, opciones e implicaciones”, en CEFIR, La integración regional en América Latina y Europa: Objetivos estratégicos y refuerzo de las capacidades de respuesta, Montevideo, marzo.

Tamames, R. (1993), Estructura económica internacional, Alianza Universidad, Madrid, Cap. 7.

Porta, F. (2002), Integración económica. Teoría, políticas y procesos, Universidad Nacional de Quilmes, Buenos Aires.


Los fundamentos teóricos de la integración económica.
La “teoría pura” de la Unión Aduanera. Creación y desvío de comercio. Los efectos estáticos. Ampliaciones del modelo de la teoría pura: economías de escala, distorsiones de mercado y “bienes públicos”. Los aportes de la teoría del desarrollo: los efectos dinámicos y el argumento de la “industria infantil”. Integración económica y empresas trasnacionales. Geografía y comercio, “los bloques naturales”. Bilateralismo y regionalismo: el modelo de “ejes y rayos”. Los problemas de distribución de costos y beneficios de la integración económica. Los costos de exclusión y “los boletos de entrada”. Integración “débil” e integración “profunda”.
Blejer, M. (1984), “Integración económica: visión panorámica analítica”, en BID: Progreso económico y social en América Latina.

Pérez Nuñez, W. (1993), “Efectos dinámicos de la integración económica. Aproximaciones analíticas”, Serie Industrialización y Desarrollo tecnológico, Informe N° 14, CEPAL.

Robson, P. (1989), “Uniones aduaneras y bienes públicos”, en: Salgado, G. (comp.), Economía de la integración latinoamericana, Lecturas seleccionadas, INTAL-BID, Buenos Aires.

Bianchi, P. (1997), Construir el mercado. Lecciones de la Unión Europea, Editorial de la Universidad Nacional de Quilmes, Buenos Aires, Capítulo 2, pp.51-68.

Dornbusch, R, (1986), Los costos y beneficios de la integración económica regional, en Integración Latinoamericana N° 113, INTAL.

Tugores, J. (1994), Economía internacional e integración económica, Mc. Graw Hill, Madrid, Cap. 4.
Baldwin, R. (1997), “The causes of regionalism”, DPS Nº 1599, Centre for Economic Policy Research, London.
Wonnacott, R. y Wonnacott, P. (1997), “El TLCAN y los acuerdos comerciales en las Américas”, en DNP-BID, Américas: Integración económica en perspectiva, Bogotá.

Maito y Makuc, (1995), “Reglas multilaterales, regionalismo y globalización”, Boletín Informativo Techint, N° 284, Buenos Aires, octubre-diciembre.

Ffrench Davis, R. (1978), “Marco general para análisis de los procesos de integración y cooperación”, Revista Derecho de la Integración, N° 26, julio.

Bibliografía de consulta:
Robson, P. (), “Economic integration among developing countries”, Ch. 10, en Salgado.
Pelkmans, J. (1989), “Un nuevo enfoque de las teorías de la integración económica”, en Salgado, G. (comp.): Economía de la integración latinoamericana. Lecturas seleccionadas, INTAL-BID, Buenos Aires.
Winter, L. A. (1996), “Regionalism versus multilateralism”, CEPR Discusión Paper N° 1525, november.
Los problemas institucionales de la integración económica. Principales instituciones del sistema económico mundial.
La aparición de las organizaciones económicas internacionales. Las instituciones de carácter mundial más relevantes para el comercio internacional: el Sistema Multilateral de Comercio (SMC), el GATT y la OMC. Su relación con los esquemas de integración económica. Adecuación de los esquemas de integración regional y las normas del comercio mundial: los principales obstáculos, los desafíos y las expectativas. La solución de controversias. Los temas controversiales en las negociaciones por los “nuevos” esquemas de integración.
Tussie, D. (1987), The Less Developed Countries and the World Trading System. A Challenge to the GATT, Exeter, SRP Ltd., Cap. I y II.

Torrent, R. (2003), “The evolution of the multilateral trading system: historical and analytical background”, Korean Development Institute, mimeo.

Dunkley, G. (2001), The free trade adventure: the WTO, the Uruguay Round and Globalism: A critique, Zed Books Ltd., New York, Ch. 3 & 4.
Lacarte, J. y Piérola, F. (2004), “Estudio comparativo de los mecanismos de solución de diferencias del GATT y de la OMC: ¿qué se logró en la Ronda Uruguay?”, en: Lacarte, J. y Granados, J. Solución de controversias comerciales intergubernamentales: enfoques multilaterales y regionales, BID-INTAL, Buenos Aires.

Stanley, L. E. (2004), Acuerdos bilaterales de inversión y demandas ante Tribunales Internacionales: la experiencia argentina reciente, CEPAL, Serie Desarrollo Productivo, N° 158, Santiago de Chile.

Biggs, G. (2005), “El procedimiento de solución de controversias de la OMC. La experiencia de América Latina y el Caribe”, Revista de la CEPAL, N° 86, agosto.

Bibliografía de consulta:
Hughes, V. (2004), “El sistema de solución de diferencias de la OMC: una experiencia exitosa”, en: Lacarte, J. y Granados, J. Solución de controversias comerciales intergubernamentales: enfoques multilaterales y regionales, BID-INTAL, Buenos Aires.
Tussie y Lengyel, (1998), “Compromisos en la OMC sobre promoción de exportaciones”, BID-INTAL.
Políticas, Instrumentos y Mecanismos de Coordinación. La experiencia europea.
La construcción institucional: supranacionalidad y competencias nacionales. Los problemas de coordinación de políticas. Instrumentos y coordinación de políticas de acceso al mercado (comerciales y aduaneras): la construcción del “Mercado Interior”. Instrumentos y coordinación de políticas macroeconómicas (cambiarias, fiscales y monetarias). Caso de estudio: Evolución del Sistema Monetario Europeo y de la Unión Monetaria. Instrumentos y coordinación de políticas estructurales y microeconómicas (productivas, tecnológicas, de inversión externa y ambiental). Instrumentos y coordinación de políticas de competencia (regulaciones del mercado y compras y ventas del sector público). Los problemas de la profundización versus la ampliación. Caso de estudio: la experiencia europea.

CEPAL (1992), “Aspectos conceptuales de la coordinación de políticas macroeconómicas con referencia al Mercosur”, en Ensayos sobre coordinación de políticas macroeconómicas. Inferencias para la integración latinoamerica, CEPAL, Buenos Aires.

Bianchi, P. (1997), Construir el mercado. Lecciones de la Unión Europea, Ed. Universidad Nacional de Quilmes, Caps. 3, 4 y 5.

Nicolaides, P. (1993), “La supresión de las barreras al comercio dentro de las uniones aduaneras: requisitos previos y consecuencias”, en CEFIR, La integración comercial y su dimensión aduanera: Opciones de políticas públicas y requerimientos de gestión, Montevideo, abril.

Tugores Ques, J. (2006), Economía internacional. Globalización e integración regional, “Cap. 7: Integración monetaria”, McGraw Hill, Sexta edición, Madrid.

García Menéndez, J. (1998), La Unión Económica y Monetaria Europea. Una revisión de la literatura, en Comercio Exterior, México, marzo.

Melguizo, A. y Taguas, D. (2004), La ampliación europea al este, mucho más que economía, Documentos de trabajo N° 01/04, Serie de Estudios BBVA, abril.

Tillmann, B. (), “La adhesión de los PECO’s en la Política Agrícola Común de la Unión Europea – Consecuencias y Propuestas para la Solución”. Universidad de Bayreuth, Alemania.

García Menéndez, J. R. (2004), La ampliación de la Unión Europea: efectos económicos y sociales, Comercio Exterior, Vol. 54, N° 5, mayo.

Comisión de las Comunidades Europeas (2003), Los desafíos clave de la competitividad en Europa: Hacia un enfoque integrado, COM (2003) 704, Bruselas.


Bibliografía de consulta:
Portes, R. (2001), “Una Unión Monetaria en Acción. El caso de la Unión Europea”, BID-INTAL, Revista de Integración y Comercio, N°13.
Las olas de integración en las Américas y el nuevo regionalismo
El avance del multilateralismo y la proliferación de los acuerdos preferenciales de comercio: el nuevo regionalismo (“regionalismo abierto”). La integración en América Latina: la diversidad de modelos y esquemas. Casos de estudio: Grupo Andino y CARICOM. Evolución y situación actual: ¿Convergencia o fragmentación?. La integración entre desiguales. Caso de estudio: El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA).

Devlin, R. y Estevadeorbal, A. (2002), “El nuevo regionalismo en América Latina”, en: Más allá de las fronteras. El nuevo regionalismo en América Latina, Informe 2002: Progreso económico y social en América Latina, BID, Washington, D.C. Cap.2

Maldonado Lira, H. (1999), 30 años de integración andina. Balance y perspectivas, Edición de la Comunidad Andina, Secretaría General, Lima.

Salgado, G. (1995), “El Grupo Andino: Entre dos concepciones de la integración económica”, en Síntesis - Revista de Ciencias Sociales Iberoamericanas, Nº 24, julio/diciembre

Alvarez Béjar, A. y Martinez Aguilar, S. (2001), “Significados del Tratado de Libre Comercio de América del Norte para México”, ICE, La apertura externa de la economía méxicana, Nº 795, noviembre – diciembre.

Dussel Peters, E. (), “México a 11 años del TLCAN: ¿Profundización de la Integración Económica y/o Polarización?”, Serie LATN Paper Nº 39.

Bibliografía de consulta:
Casas Gragea, A. M. (), “La economía política internacional de la nueva integración regional de las Américas: el caso de la Comunidad Andina”, Integración & Comercio.
La integración en el MERCOSUR y las perspectivas de la integración Sudamericana
Los antecedentes del MERCOSUR: los acuerdos preferenciales entre Argentina y Brasil en la década de 1980 (el PICE). La agenda de negociación (El Tratado de Asunción), los instrumentos principales, los problemas de coordinación de políticas y el proceso de institucionalización del MERCOSUR (Tratado de Ouro Preto) en la década del ’90. Perspectivas actuales de la integración en el MERCOSUR: los escenarios de evolución futura del MERCOSUR. La agenda externa del MERCOSUR: el proceso de ampliación regional (los miembros asociados), la negociación con el bloque europeo y el Área de Libre Comercio Hemisférica. La integración sudamericana: el debate y las negociaciones.

Bizzozero, A. y Vera, T. (1995), “De Asunción a Ouro Preto”, Doc. 1/95, Departamento de Economía, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de la República, Montevideo.

Fanelli, J. M., (2006), “Coordinación macroeconómica en el MERCOSUR. Marco analítico y hechos estilizados”, Siglo XXI y Red MERCOSUR, Cap. 1.

Carrera, J.; Levy Yeyati, E. y Sturzenegger, F. (), “Las perspectivas de la coordinación macroeconómica en el MERCOSUR”, en: Carrera y Sturzenegger (comp.): Coordinación de políticas macroeconómicas en el MERCOSUR, Fondo de Cultura Económica y Fund. Gob. y Sociedad.

Masi, F. y Bittencourt, G. (2002), “Las economías pequeñas en el Mercosur: evolución y perspectivas de desarrollo”, en D. Chudnovsky y J. Fanelli (coord.), El desafío de integrarse para crecer. Balance y perspectivas del Mercosur en su primera década, Siglo Veintiuno Editores, Buenos Aires.

Torrent R. (2006) “Una aproximación a la anatomía del Mercosur real”, en: Berlinski et. Al. (coord.) 15 años de MERCOSUR, Red MERCOSUR y IRDC, Montevideo, Parte 1, Cap.II

Chudnovsky, D. y López, A. (2001), “La inversión extranjera directa en el MERCOSUR. Un análisis comparativo”, en: Chudnovsky, D. (coord.), El boom de la inversión extranjera directa en el MERCOSUR, Siglo XXI Editores, Buenos Aires.

Bouzas, R. y Fanelli, J.M. (2002), “Los procesos de integración económica en perspectiva comparada: La unión europea y el TLCAN”, en: MERCOSUR: integración y crecimiento, Altamira – Fundación OSDE, Buenos Aires.

Bibliografía de consulta:
Garay, L. (1997), “Regionalismo abierto e integración en las Américas”, en Bouzas, R. (comp.), Regionalización e Integración Económica. Instituciones y procesos comparados, Nuevohacer GEL, Buenos Aires.
Lizano, E. (1982), “Disparidades nacionales e integración económica”, Revista de Integración Latinoamericana, N° 69, junio.
Bouzas, R. (2001), “El Mercosur diez años después, ¿proceso de aprendizaje o déja vu?”, en Desarrollo Económico, Nro. 162, Bs. As.
Fanelli, J. M. (2001), “Coordinación macroeconómica en el MERCOSUR: Balance y perspectivas”, en D. Chudnovsky y J.M. Fanelli (coord.), El desafío de integrarse para crecer. Balance y perspectivas del MERCOSUR en su primera década, BID-Siglo XXI Editores.
Bouzas, R. y Soltz, H. (2002) “Instituciones y mecanismos de decisión en procesos de integración asimétricos: el caso del MERCOSUR”, FLACSO, julio.

Bianco, C.; Gutti, P. y Porta, F. (2004). “El estado de las negociaciones para la conformación del ALCA y las propuestas en discusión”. En: Porta, F y Moori Koening, V. (Coords.) Las PyMes argentinas frente al ALCA: ¿oportunidad o amenaza?. ISBN: 950-9467-97-9. Fundes Argentina. Ed. Miño y Dávila. Buenos Aires, noviembre.
Carcioffi- Gayá (2006) Comercio Bilateral Argentina-Brasil: hechos estilizados de la evolución reciente. BID-INTAL Documento de Divulgación Nº 40.
Los contenidos de este programa fueron suministrados por la profesora Patricia Gutti*1 y Paula Prados*2; el video fue obtenido del newsletter de la OMC. Mas videos interesantes.
Si alguno de los links fallan, pueden visitar el siguiente link con clases grabadas, informes y documentos en eSnips: Integración Económica.
*1 Breve CV del docente: DEA en Integración y Desarrollo Económico de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), Maestría en Gestión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (REDES, IDES, UNGS). Lic en Comercio Internacional (UNQ). Doctorando en el Programa Interuniversitario en Economía y Gestión de la Innovación y Política Tecnológica (UAM, UCM y UPM - Madrid-España). Investigadora del Centro REDES. Ha participado en diversos proyectos de investigación nacional e internacional y es autora de numerosas publicaciones. Docente de grado del Programa UVQ y docencia de postgrado en UBA y UNQ. Actualmente se desempeña como Directora de la Licenciatura en Comercio Internacional.
*2 Breve CV del docente: Maestría en Gestión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (Tesis en curso). Licenciada en Economía (UBA). Se ha desempeñado como economista en el INTI y en el Ministerio de Economía, en la Dirección del MERCOSUR y en el área de política comercial externa del MERCOSUR con América Latina. Actualmente, es economista del INTI.

Derecho internacional consuetudinario


Hasta el siglo XX, la costumbre internacional fue la fuente más importante del Derecho Internacional, pues el Derecho Internacional Clásico era un derecho relacional entre los Estados.
A partir del siglo XIX, con el paso de la coexistencia hacia la cooperación entre los Estados, se ha acudido al Tratado Internacional para regular estas relaciones de interdependencia creciente entre los estados.
La costumbre internacional decayó en su uso porque el Derecho Internacional Clásico era un Derecho eurocéntrico, hecho a la medida de las necesidades de Europa. Conforme otros países fueron adquiriendo la independencia, se acrecentó una posición crítica por parte de los mismos hacia este cuerpo de costumbres internacionales que no reflejaban sus intereses. Esta nueva situación provocó que estas normas fueran progresivamente modificadas a través de tratados internacionales.
Concepto
El artículo 38 del estatuto del Tribunal Internacional de Justicia define la costumbre internacional como "prueba de una práctica generalmente aceptada como Derecho". Esta definición nos advierte que la costumbre es una forma espontánea de creación del derecho. Espontánea porque surge gracias a una práctica seguida por los Estados de forma uniforme y que, con el paso del tiempo, acaba consolidándose como Derecho.
Podemos, por lo tanto, diferenciar dos elementos en esta fuente del Derecho: por un lado, el elemento material, que consiste en la práctica uniforme y continuada; por otro, el elemento espiritual o psicológico, también conocido como opinio juris, que es la convicción de que la misma resulta obligatoria jurídicamente.
A pesar de que la costumbre internacional implica la repetición de una conducta durante mucho tiempo, en la actualidad este requisito ha perdido importancia. Se habla hoy en día incluso de costumbres instantáneas en las que el tiempo necesario de una práctica para convertirse en costumbre es muy inferior al usual o es nulo. Ejemplo de esto último sería el caso del lanzamiento en 1957 del Sputnik al espacio por parte de la Unión Soviética. Entre 1957 y 1958 se creó el principio de no apropiación del espacio ultraterrestre, que se convirtió en una costumbre instantáneamente.

Derecho comunitario

Debido a la reciente firma del Tratado de Lisboa, el glosario se encuentra actualmente en fase de actualización.

En el sentido estricto del término, el Derecho comunitario se compone de los Tratados constitutivos (Derecho primario) y de las normas contenidas en los actos aprobados por las instituciones comunitarias en aplicación de dichos Tratados (Derecho derivado, es decir los reglamentos, directivas, etc.).
En sentido amplio, el Derecho comunitario engloba el conjunto de las normas de Derecho aplicables en el ordenamiento jurídico comunitario. Por tanto, se trata también de los derechos fundamentales, los principios generales del Derecho, la jurisprudencia del Tribunal, el Derecho que se derive de las relaciones exteriores de la Comunidad o el Derecho complementario originado en los actos convencionales celebrados entre los Estados miembros para la aplicación de los Tratados. Para mayor información haga click en el título.

El Tratado de Lisboa en pocas palabras


El Tratado de Lisboa en pocas palabras

El 1 de diciembre de 2009, tras años de negociación sobre cuestiones institucionales, entró en vigor el Tratado de Lisboa.
El nuevo texto modifica los actuales Tratados de la UE y la CE, pero no los sustituye. El nuevo Tratado brinda a la Unión el marco y los instrumentos jurídicos necesarios para afrontar los retos del futuro y responder a las expectativas de los ciudadanos.
1.  Una Europa más democrática y transparente: el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales tienen mayor protagonismo, hay más oportunidades para que los ciudadanos hagan oír su voz y es más fácil saber cómo se reparten las tareas entre la Unión y los países miembros.
·         Mayor protagonismo del Parlamento Europeo: el Parlamento Europeo, directamente elegido por los ciudadanos de la Unión, estrena nuevas competencias sobre legislación, presupuesto y firma de acuerdos internacionales por la UE. Cabe destacar el mayor recurso al procedimiento de codecisión, pues coloca al Parlamento Europeo en pie de igualdad con el Consejo, que representa a los Estados miembros, para la mayor parte de la legislación de la UE.
·         Mayor participación de los Parlamentos nacionales: los Parlamentos nacionales pueden participar más en las labores de la UE gracias, en particular, a un nuevo mecanismo que garantiza que la Unión sólo actúe cuando resulte más eficaz (subsidiariedad). Esta novedad, unida al mayor protagonismo del Parlamento Europeo, acrecenta la democracia y la legitimidad de las actuaciones de la Unión.
·         A la escucha de los ciudadanos: gracias a la "iniciativa ciudadana", un grupo de al menos un millón de ciudadanos de un número significativo de Estados miembros puede pedir a la Comisión que haga propuestas de legislación.
·         Reparto de tareas: la relación entre los Estados miembros y Unión Europea queda más perfilada gracias a una clasificación precisa de las competencias de cada cual.
·         Retirada de la Unión: el Tratado de Lisboa prevé explícitamente por primera vez la posibilidad de que un Estado miembro se retire de la Unión.
2.  Una Europa más eficaz, con métodos de trabajo y votación simplificados, instituciones modernas y adaptadas a la Unión de los Veintisiete y más capacidad para actuar en los ámbitos prioritarios para la UE de hoy.
·         Eficacia en la toma de decisiones: la aprobación por mayoría cualificada en el Consejo se amplía a otras políticas, con el fin de agilizar las decisiones e incrementar su eficacia. A partir de 2014 la mayoría cualificada obedecerá al principio de doble mayoría (mayoría de los Estados miembros y de la población), que refleja la doble legitimidad de la Unión. La doble mayoría se alcanzará cuando los votos favorables representen, como mínimo, el 55% de los Estados miembros y el 65% de la población.
·         Un marco institucional más estable y racionalizado: el Tratado de Lisboa crea el cargo de Presidente del Consejo Europeo elegido por dos años y medio, vincula directamente la elección del Presidente de la Comisión a los resultados de las elecciones europeas, prevé nuevas disposiciones relativas a la futura composición del Parlamento Europeo e introduce normas más claras sobre las cooperaciones reforzadas y los aspectos financieros.
·         Mejorar la vida de los europeos: el Tratado de Lisboa mejora la capacidad de la UE para abordar cuestiones que hoy día son prioritarias para la Unión y sus ciudadanos. Es el caso de la actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad, ya sea para luchar contra el terrorismo o combatir la delincuencia. Lo mismo ocurre, en cierta medida, con otros campos como política energética, salud pública, protección civil, cambio climático, servicios de interés general, investigación, política espacial, cohesión territorial, política comercial, ayuda humanitaria, deporte, turismo y cooperación administrativa.
3.  Una Europa de derechos y valores, libertad, solidaridad y seguridad, que potencie los valores de la Unión, conceda rango de Derecho primario a la Carta de los Derechos Fundamentales, establezca nuevos mecanismos de solidaridad y garantice una mejor protección a sus ciudadanos.
·         Valores democráticos: el Tratado de Lisboa especifica y consolida los valores y objetivos sobre los que se basa la Unión. Dichos valores constituyen un punto de referencia para los ciudadanos europeos y representan lo que Europa puede ofrecer a sus socios de todo el mundo.
·         Derechos de los ciudadanos y Carta de los Derechos Fundamentales: el Tratado de Lisboa conserva los derechos ya existentes e introduce otros nuevos. En particular, garantiza las libertades y los principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales, cuyas disposiciones pasan a ser jurídicamente vinculantes. La Carta contiene derechos civiles, políticos, económicos y sociales.
·         Libertad de los ciudadanos europeos: el Tratado de Lisboa conserva y consolida las "cuatro libertades" y la libertad política, económica y social de los ciudadanos europeos.
·         Solidaridad entre los Estados miembros: el Tratado de Lisboa establece que la Unión y los Estados miembros actúan conjuntamente con espíritu de solidaridad si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano. También se hace hincapié en la solidaridad en el sector de la energía.
·         Mayor seguridad para todos: la Unión tiene más capacidad de actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad, lo que redunda en beneficio de la lucha contra la delincuencia y el terrorismo. Las nuevas disposiciones sobre protección civil, ayuda humanitaria y salud pública también pretenden impulsar la capacidad de la UE para enfrentarse a las amenazas contra la seguridad de los ciudadanos europeos.
4.  Hacer de Europa un actor en la escena global combinando los instrumentos con que cuenta la política exterior europea a la hora de elaborar y aprobar nuevas políticas. Gracias al Tratado de Lisboa, Europa está en condiciones de expresarse con más claridad ante sus socios internacionales. Se ponen en juego todas las capacidades económicas, humanitarias, políticas y diplomáticas de Europa para fomentar sus intereses y valores en todo el mundo, respetando los intereses particulares de los Estados miembros en el marco de las relaciones exteriores.
·         La figura del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad —que también es Vicepresidente de la Comisión— da mayor peso, coherencia y visibilidad a la actuación exterior de la UE.
·         El nuevo Servicio Europeo de Acción Exterior asiste al Alto Representante en el desempeño de sus funciones.
·         La personalidad jurídica única de la Unión fortifica su poder de negociación, convirtiéndola en un actor más eficaz a escala internacional y un socio más visible para otros países y organizaciones internacionales.
·         El desarrollo de la Política Europea de Seguridad y Defensa conserva un sistema especial de toma de decisiones. Sin embargo, también prepara el terreno para la cooperación reforzada de un grupo más reducido de Estados miembros.

Glosario de las instituciones y de las actividades de la Unión Europea.


Este glosario presenta 233 términos relativos a la construcción europea, a las instituciones y a las actividades de la Unión Europea.
Debido a la reciente firma del Tratado de Lisboa, el glosario se encuentra actualmente en fase de actualización.Información adicional sobre el glosario …
A
·         Acción de la UE (PESC)
·         Acervo comunitario
·         Acuerdo Social
·         Agencias de la Unión Europea
·         Ampliación
·         Antitrust
·         Armonización fiscal
·         Asociación Euromediterránea
·         Asociación para la adhesión
·         Ayuda al desarrollo
·         Ayuda de preadhesión
·         Ayuda humanitaria
·         Ayudas estatales  
B
·         Banco Central Europeo (BCE)
·         Bienestar de los animales  
C
·         Ciudadanía de la Unión
·         Clasificación de los gastos
·         Cláusula de solidaridad
·         Cláusula de suspensión
·         Comisiones parlamentarias
·         Comisión Europea
·         Comitología
·         Comité de Conciliación
·         Comité de empleo
·         Comité de las Regiones (CdR)
·         Comités y grupos de trabajo
·         Competencia
·         Competencias comunitarias
·         Competencias subsidiarias
·         Competitividad
·         Compromiso de Ioánnina
·         Compromiso de Luxemburgo
·         Comunidad Europea
·         Concentración
·         Consejo Europeo
·         Consejo de la Unión Europea
·         Contratación pública
·         Convención Europea
·         Cooperación reforzada
·         Coreper
·         Criterios de convergencia
·         Cultura
·         Círculos concéntricos  
D
·         Declaración (PESC)
·         Declaración de Laeken
·         Defensa colectiva
·         Defensor del Pueblo Europeo
·         Derecho comunitario
·         Derecho de iniciativa
·         Derecho de petición
·         Derechos humanos
·         Desarrollo rural
·         Desarrollo sostenible
·         Diálogo social
·         Doble mayoría
·         Déficit democrático  
E
·         Educación
·         Empleo
·         Energía
·         Equilibrio institucional
·         Estrategia común (PESC)
·         Estrategia de Lisboa
·         Estrategia de preadhesión
·         Estrategia europea de empleo
·         Eurojust
·         Europa «a la carta»
·         eEurope  
F
·         Fiscalidad
·         Fondo Europeo de Desarrollo
·         Formación profesional  
G
·         Galileo
·         Globalización
·         Gobernanza  
I
·         Igualdad de oportunidades
·         Iniciativa ciudadana
·         Instituciones europeas
·         Interlocutores sociales
·         Investigación y desarrollo
·         i2010  
J
·         Juventud  
L
·         Libros Blancos
·         Libros Verdes
·         Lucha contra el fraude
·         Lucha contra el terrorismo
·         Lucha contra la droga  
M
·         Marco institucional único
·         Mayoría cualificada
·         Mayoría cualificada reforzada
·         Medio ambiente
·         Misiones de Petersberg
N
·         Natura 2000
·         Negociaciones de adhesión
·         Núcleo duro  
O
·         OTAN «renovada»
·         Orden de detención europea
P
·         Parlamento Europeo
·         Parlamentos nacionales
·         Patente comunitaria
·         Perspectivas financieras
·         Pilares de la Unión Europea
·         Política comercial común
·         Política de empresa
·         Política económica
·         Política monetaria
·         Política pesquera común
·         Política social
·         Posición común (PESC)
·         Posición de la UE (PESC)
·         Presupuesto
·         Procedimiento de codecisión
·         Procedimiento de cooperación
·         Profundización
·         Propiedad intelectual
·         Protocolo de Kyoto  
R
·         Recursos propios
·         Redes transeuropeas (RTE)
·         Regiones ultraperiféricas
·         Reparto de competencias
·         Responsabilidad medioambiental
·         Revisión de los Tratados  
S
·         Salud pública
·         Schengen (Acuerdo y Convenio)
·         Screening
·         Sector audiovisual
·         Seguridad alimentaria
·         Servicio público
·         Servicio universal
·         Servicios de interés general
·         Simplificación legislativa
·         Sociedad civil organizada
·         Sociedad de la información
·         Sociedad europea
·         Subsidiariedad  
T
·         Televisión sin fronteras
·         Tratado de Amsterdam
·         Tratado de Niza
·         Tratados
·         Tribunal
·         Tribunal de Cuentas
·         Troika  
U
·         Unanimidad
·         Unión Europea
·         Unión aduanera

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