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sábado, 22 de febrero de 2014

Derecho Mercantil Internacional

Derecho Mercantil Internacional
La codificación de esta esfera es sumamente importante para facilitar el comercio internacional por medio de convenciones, leyes modelo, normas y guías jurídicas.
El trabajo en esta rama del derecho internacional corre a cargo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), establecida en 1966 por la Asamblea General. Cuenta con 36 naciones que representan a los principales sistemas económicos y jurídicos.
La Subdivisión de Derecho Mercantil Internacional de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas funge como secretaria de la Comisión.
Dentro de la labor de la CNUDMI ha sido relevante la elaboración de textos que incluso han sido pilares en diversas esferas. Entre los que se mencionan algunos a continuación:
Actualmente se encuentra trabajando en la preparación de una guía legislativa sobre proyectos de infraestructura con financiación privada, que orientará a los Estados para legislar sobre este tema; la preparación de un reglamento en relación con aspectos específicos de las firmas numéricas y las entidades certificadoras; la compilación y publicación de la jurisprudencia de los textos de la CNUDMI; y un proyecto de convención sobre el financiamiento mediante efectivos a cobrar, que facilitará la disponibilidad de créditos a menor costo.

CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS


Carta de las Naciones Unidas

 

DERECHO INTERNACIONAL: Cortes y tribunales, Principales órganos jurídicos de las Naciones Unidas

DERECHO INTERNACIONAL
 
Cortes y tribunales

Corte Internacional de Justicia
Tribunal Internacional del Derecho del Mar 
Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia 
Tribunal Internacional para Rwanda 
Corte Penal Internacional 
Administración de Justicia de las Naciones Unidas
Principales órganos jurídicos de las Naciones Unidas

Sexta Comisión de la Asamblea General

Comisión de Derecho Internacional

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
    Localizador de información sobre derecho internacional 
 
  INTRODUCCIÓN

El derecho internacional es uno de los temas de mayor importancia para las Naciones Unidas. El mandato sobre las actividades en este campo proviene de la Carta de las Naciones Unidas, en cuyo preámbulo se establece el objetivo de "crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional".

  CORTES Y TRIBUNALES

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ("Corte Mundial")

La Corte Internacional de Justicia (http://www.icj-cij.org/), con sede en La Haya, Países Bajos, es uno de los seis órganos principales de las Naciones Unidas. La Corte fue creada en 1946 y funciona como sucesora de la Corte Permanente de Justicia Internacional establecida por la Sociedad de Naciones; el estatuto que define su mandato forma parte de la Carta de las Naciones Unidas. La Corte tiene dos funciones básicas: rendir fallos sobre disputas presentadas a ésta por los Estados y proveer opiniones consultivas sobre cuestiones referidas a ésta por órganos autorizados.
Las decisiones de la Corte Internacional de Justicia primero se publican como documentos individuales y luego se incluyen en recopilaciones anuales en la serieResúmenes de los fallos, opiniones consultivas y providencias de la Corte Internacional de Justicia, la cual tiene asignados números de venta de la Corte Internacional de Justicia. El sitio web de la Corte provee información exhaustiva sobre casos de la Cortedesde 1946 y con frecuencia incorpora resúmenes de fallos y providencias. La documentación de cada caso incluye el documento que inicia el proceso, alegatos escritos, exposiciones orales, correspondencia y otros documentos relevantes. Estos materiales se hacen públicos, después de que la Corte haya dado su decisión final, en la serie Pleadings, Oral Arguments, Documents en el idioma de presentación (inglés o francés) únicamente.


Publicaciones principales que exponen en detalle el trabajo de la Corte Internacional de Justicia:
  • Las últimas versiones de los documentos jurídicos básicos relacionados a la organización de la Corte se encuentran en su página web. Las ediciones impresas de este material aparecen en la serie Acts and Documents.
  • International Court of Justice Yearbook contiene información sobre los textos básicos que gobiernan el trabajo de la Corte, los miembros (con biografías), la organización, la jurisdicción, el funcionamiento y la práctica, las actividades, la administración y las finanzas de la Corte en un año determinado. Los textos de declaraciones que reconocen la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia son reproducidos en su totalidad; otros instrumentos relevantes son enumerados. Los fallos y opiniones consultivas dadas durante el curso del año son resumidos. El listado completo de los anuarios se encuentra en la base de datos UN-I-QUE.
  • Resúmenes de los Fallos, Opiniones Consultivas y Providencias de la Corte Internacional de Justicia condensa la jurisprudencia de la CIJ y están disponibles en línea en línea.
    1948-1991 (Signatura de documento: ST/LEG/SER.F/1; Número de venta: 92.V.5),
    1992-1996 (Signatura de documento: ST/LEG/SER.F/1/Add.1; Número de venta: 97.V.7),
    1997-2002 (Signatura de documento: ST/LEG/SER.F/1/Add.2; Número de venta: 03.V.12).
  • Bibliography of the International Court of Justice es publicada anualmente y tiene asignado un número de venta de la Corte; contiene un listado de todos los trabajos y documentos relacionados a la Corte que han recibido la atención del Registro durante un año dado. La bibliografía formó parte del anuario hasta la edición 1963-1964; actualmente se publica por separado. El listado completo de las bibliografías se encuentra en la base de datos UN-I-QUE.


Tribunal Internacional del Derecho del Mar
El Tribunal Internacional del Derecho del Mar (http://www.itlos.org/), localizado en Hamburgo, Alemania, fue establecido por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982, la cual entró en vigor el 16 de noviembre de 1994 (estado actual de la Convención). La apelación al Tribunal es uno de los medios para resolver las controversias relacionadas con la interpretación o aplicación de la Convención. Su mandato está definido detalladamente en el anexo VI de la Convención, el cual contiene el estatuto del Tribunal.El Tribunal, un órgano judicial independiente, fue nombrado observador en la Asamblea General en virtud de la resolución 51/204, de 17 de diciembre de 1996. El 18 de diciembre de 1997 se firmó un Acuerdo de Cooperación entre las Naciones Unidas y el Tribunal; este acuerdo fue aprobado por la Asamblea General en virtud de la resolución 55/25, de 8 de septiembre de 1998 (el texto del acuerdo figura en el anexo de la resolución).

  • La información sobre procedimientos y casos del Tribunal Internacional del Derecho del Mar se encuentra en el sitio web del Tribunal bajo el títuloProceedings and Judgements.
  • Los últimos acontecimientos se encuentran en los comunicados de prensa.

Publicaciones principales que detallan el trabajo del Tribunal:
  • Las últimas versiones de los documentos jurídicos básicos relativos a la organización del Tribunal están incluidas en su sitio web. Este material también está disponible en formato impreso (lista) pero las versiones de Internet son más recientes.
  • El anuario (lista) incluye información sobre la organización, el funcionamiento, la competencia, el procedimiento, el trabajo judicial, las finanzas y los miembros del Tribunal en un año determinado. También contiene una lista bibliográfica de las publicaciones sobre el Tribunal que han recibido la atención del Registro durante el período sobre el que se informa. Los anexos reproducen el texto de fuentes informativas.
  • Las acciones del Tribunal se publican en la serie Reports of Judgments, Advisory Opinions and Orders (lista). La documentación relativa a sus actas se recopila en la serie Pleadings, Minutes of Public Sittings and Documents (lista).


Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia

Nombre oficial:
Tribunal Penal Internacional para el Enjuiciamiento de los Presuntos Responsables de las Violaciones Graves del Derecho Internacional Humanitario Cometidas en el Territorio de la ex Yugoslavia desde 1991
El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (http://www.un.org/icty/), localizado en La Haya, Países Bajos, fue establecido en virtud de la resolución 827 (1993) del Consejo de Seguridad, de 25 de mayo de 1993. El mandato del Tribunal está definido en su Estatuto, cuya versión original figura en el anexo del documento S/25704 + Corr.1. El Estatuto fue enmendado por las resoluciones del Consejo de Seguridad 1166 (1998), de 13 de mayo de 1998, 1329 (2000), de 30 de noviembre de 2000, y 1411 (2002), de 17 de mayo de 2002. La versión actual del Estatuto se encuentra en la página web del Tribunal.

  • El Tribunal presenta sus informes anuales a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad. Por medio de la página web del Tribunal se tiene acceso al texto completo de los informes anuales.
  • Los últimos acontecimientos se encuentran en los comunicados de prensa.

Publicaciones principales que exponen en detalle el trabajo del Tribunal:
  • Las últimas versiones de los documentos jurídicos básicos del Tribunal se encuentran en su página web. Existen ediciones impresas de este material, sin embargo, las versiones en línea son más recientes.
  • El anuario ofrece información sobre el trabajo, los miembros (con biografías), la jurisdicción, la organización, el funcionamiento y las actividades del Tribunal en un año determinado. También incluye una bibliografía que enumera los documentos relacionados al Tribunal publicados durante el período del informe. Disponible enediciones impresas.
  • Judicial Reports reimprime todas las acusaciones públicas así como las decisiones y fallos pronunciados desde 1994. Disponibles en ediciones impresas.
  • Judicial Supplements provee resúmenes mensuales de decisiones y fallos significativos. El texto completo de estos suplementos está disponible en línea.

Tribunal Penal Internacional para Rwanda

Nombre oficial:
Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables del genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1994

El Tribunal Internacional para Rwanda (http://www.ictr.org/), localizado en Arusha, República Unida de Tanzanía, fue establecido en virtud de la resolución 955 (1994) del Consejo de Seguridad, de 8 de noviembre de 1994; el estatuto adjunto define su mandato. El estatuto fue enmendado por las resoluciones del Consejo de Seguridad 1165 (1998), de 30 de abril de 1998, 1329 (2000), de 30 de noviembre de 2000, 1411 (2002), de 17 de mayo de 2002, 1431 (2002), de 14 de agosto de 2002, y 1512 (2003), de 27 de octubre de 2003.

  • El Tribunal presenta sus informes anuales a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad. El texto completo de los informes anuales se encuentra en la página web del Tribunal.

  • Los documentos jurídicos básicos están disponibles en la página web del Tribunal.

  • También se encuentra en línea información sobre casos resueltos y pendientes.
  • Los últimos acontecimientos se reflejan en los comunicados de prensa.


Corte Penal Internacional
La Corte Penal Internacional (http://www.icc-cpi.int/), ubicada en La Haya, Países Bajos, ), es un organismo jurídico independiente con jurisdicción sobre personas acusadas de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra. La Corte fue establecida por el Estatuto de Roma, adoptado por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el Establecimiento de una Corte Penal Internacional el 17 de julio de 1998. El Estatuto entró en vigor el 1° de julio de 2002. La relación entre la Corte y las Naciones Unidas se rige por un acuerdo firmado por las dos organizaciones internacionales.




Administración de Justicia de las Naciones Unidas
La Asamblea General aprobó en virtud de la resolución 63/253 de 24 December de 2008 un nuevo sistema de administración de justicia. La resolución estableció, entre otras, dos nuevos tribunales: el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas y el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas. Estos dos órganos resolverán las diferencias internas y los asuntos disciplinarios en las Naciones Unidas. Los estatutos de ambos tribunales figuran en los anexos de la presente resolución. Por ahora no se ha establecido el patrón de publicación de las decisiones para estos nuevos órganos.
El Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas fue establecido en virtud de laresolución 351 A (IV) de la Asamblea General, de 24 de noviembre de 1949; el Estatuto adjunto define el mandato del Tribunal. Su objetivo es fallar las demandas en que se alegue incumplimiento de los contratos de empleo o de las condiciones de empleo de los funcionarios (artículo 2 del Estatuto). El Estatuto ha sido enmendado por la Asamblea General varias veces desde 1949; el texto actualizado se encuentra en el documento AT/11/Rev.6 (Número de venta:03.X.1). La resolución 63/253 de 24 diciembre de 2008 de la Asamblea General abolió, entre otras cosas, El Tribunal de las Naciones Unidas. .Las decisiones del Tribunal, las cuales no están enumeradas siguiendo los números de los casos, primero se publican como documentos individuales bajo la signatura de serie AT/DEC/- y después son recopiladas. El listado completo de estas recopilaciones se encuentra en la base de datos UN-I-QUE. Las recopilaciones también incluyen un índice temático de los fallos del período en cuestión e indican la composición del Tribunal en el mismo período. Se puede recuperar el texto completo de las decisiones (desde el principio en 1950) a través de UNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD). 

  PRINCIPALES ÓRGANOS JURÍDICOS DE LAS NACIONES UNIDAS

Sexta Comisión de la Asamblea General
La Sexta Comisión, una de las seis Comisiones Principales de la Asamblea General, tiene asignados todos los temas del programa de la Asamblea que tratan sobre asuntos jurídicos. Las acciones de la Asamblea basadas en las recomendaciones de la Sexta Comisión, así como la documentación completa relacionada a éstas, pueden encontrarse por medio del Índice de Actas de la Asamblea General, publicado por períodos de sesiones.
  • Los documentos de trabajo son publicados bajo la signatura de serie A/C.6/[período de sesiones]/-. Se puede recuperar el texto completo de los documentos de trabajo recientes a través de UNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD).
  • Las actas resumidas de las sesiones actualmente son publicadas bajo la signatura de serie A/C.6/[período de sesiones]/SR.[número de sesión] (por ejemplo, A/C.6/62/SR.1 : Acta resumida de la 1° sesión de la Sexta Comisión durante el 57° período de sesiones de la Asamblea General del 23 de septiembre de 2002). Los discursos pronunciados ante la Sexta Comisión son listados por períodos de sesiones en el Índice de Actas de la Asamblea General y pueden buscarse por tema, orador, y país/organización. Por medio del Índice de Discursos de la base de datos UNBISnet también pueden obtenerse citas de los discursos de la Sexta Comisión. El texto completo de las actas de las sesiones recientes está disponible a través de UNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD).
  • La Sexta Comisión presenta a la sesión plenaria un informe individual sobre cada tema del programa que le ha sido asignado. Estos informes resumen el examen que la Comisión ha hecho de los temas y transmiten la versión final de los proyectos de resoluciones/decisiones que se recomiendan para adopción en la sesión plenaria. Como estos informes son documentos de trabajo de la sesión plenaria, no se publican con el prefijo de la signatura de la Sexta Comisión (A/C.6/-) sino directamente con la signatura básica de la sesión plenaria (por ejemplo,A/62/450: Informe de la Sexta Comisión sobre el tema 82 del programa - Comisión de Derecho Internacional). Ya que las resoluciones y decisiones de la Asamblea General a menudo se imprimen semanas después de su aprobación, la versión final que se encuentra en el informe de la Comisión (a veces enmendada oralmente poco antes de su aprobación) es por mucho tiempo la única fuente del texto de la resolución/decisión. El listado completo de informes de la Sexta Comisión desde el 57º período de sesiones (por ejemplo, 62°) puede encontrarse en la base de datos UN-I-QUE. En esta guía también se incluye un cuadro de las resolucionesque la Asamblea General aprobó durante su 62° período de sesiones en base a los informes de la Sexta Comisión (entre otros).
  • La División de Codificación de la Oficina de Asuntos Jurídicos también proporciona información relacionada al trabajo de la Sexta Comisión (52° período de sesiones en adelante).
  • Los comunicados de prensa son publicados bajo la signatura de serie GA/L/- y pueden obtenerse mediante la opción de búsqueda en el sitio web de comunicados de prensa y cobertura de reuniones de las Naciones Unidas.

Comisión de Derecho Internacional
La Comisión de Derecho Internacional (http://untreaty.un.org/ilc/index.html) fue establecida en virtud de la resolución 174 (II) de la Asamblea General, de 21 de noviembre de 1947; el Estatuto que figura como anexo define el mandato de la Comisión. Se designó como su objetivo principal "impulsar el desarrollo progresivo del Derecho Internacional y su codificación" (artículo 1 del Estatuto). El Estatuto ha sido enmendado por la Asamblea General varias veces; el texto actualizado, incluido en el documento A/CN.4/4/Rev.2 (Número de venta: 82.V.8), está disponible en línea.
La Comisión se reúne en un período de sesiones anual en Ginebra y presenta sus informes a la Asamblea General.

  • Los documentos de trabajo son publicados bajo la signatura de serie A/CN.4/-. El texto completo de todos los documentos está disponible en el sitio web de la Comisión y los documentos recientes también se puede recuperar a través deUNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD). Los informes presentados por relatores especiales constituyen una categoría importante de documentos de trabajo. El listado completo de estos informes puede encontrarse en la base de datos UN-I-QUE (ejemplo). Los informes de los relatores especiales para un año determinado se reproducen en el Anuario de la Comisión de Derecho Internacional (véase infra).

  • Las actas resumidas provisionales de las sesiones son publicadas bajo la signatura de serie A/CN.4/SR.[número de sesión] (por ejemplo, A/CN.4/SR.2941: Acta resumida de la 2941° sesión del 24 de julio de 2007). Las actas de la sesión para un año dado se reproducen en el Anuario de la Comisión de Derecho Internacional (véase infra). El texto completo de las actas del las sesiones recientes se puede obtener a través de UNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD) (véase infra).
  • Los informes anuales de la Comisión a la Asamblea General son publicados como Suplemento No. 10 de los Documentos Oficiales de la Asamblea General. El listado completo de estos informes (1949 en adelante) se encuentra en la base de datos UN-I-QUE. El informe anual de un año dado se reproduce en el Anuario de la Comisión de Derecho Internacional (véase infra). El texto completo de todos los informes anuales está disponible en el sitio web de la Comisión, los informes recientes también se pueden recuperar por medio de UNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD).
  • Los comunicados de prensa se publican bajo la signatura de serie L/- y pueden obtenerse mediante la opción de búsqueda en el sitio web de comunicados de prensa y cobertura de reuniones de las Naciones Unidas.

Publicaciones principales que exponen en detalle el trabajo de la Comisión de Derecho Internacional:
  • El Anuario de la Comisión de Derecho Internacional reproduce las actas de las sesiones celebradas en un año dado en el volumen I y contiene los textos de los principales informes producidos durante el año (incluyendo el informe anual de la Asamblea General) en el volumen II . El listado completo de los anuarios se encuentra en la base de datos UN-I-QUE. El texto completo de todos los anuarios de la Comisión está disponible en el sitio web de la Comisión y a través deUNBISnet.
  • La Comisión de Derecho Internacional y su obra, 7a ed. (Número de venta: 07.V.9) ofrece una perspectiva de las actividades de la Comisión de Derecho Internacional y reproduce el texto de instrumentos jurídicos elaborados por ésta. Una lista actualizada de estos instrumentos jurídicos (en muchos casos con enlaces al texto completo) está disponible en línea. 
  • Analytical Guide to the Work of the International Law Commission, 1949-1997(Signatura de documento: ST/LEG/GUIDE/1; Número de venta: 98.V.10) describe el trabajo de la Comisión de Derecho Internacional sobre los asuntos jurídicos comprendidos en su mandato e incluye referencias a las fuentes informativas. El sitio web de la Comisión ofrece una versión en línea de la guía.


Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI)
La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI)(http://www.uncitral.org/) fue establecida por la Asamblea General en virtud de laresolución 2205 (XXI), de 17 de diciembre de 1966; las secciones I y II de la resolución definen el mandato de la Comisión. Su objetivo principal es "promover la unificación y la armonización progresivas del derecho mercantil internacional" (sección I de la resolución).La Comisión se reúne en un período de sesiones anual celebrado alternativamente en Nueva York (años pares) y en Viena (años impares), y presenta sus informes a la Asamblea General.

  • Los documentos de trabajo son publicados bajo la signatura de serie A/CN.9/-. El texto completo de los documentos recientes está disponible en el sitio web de la Comisión, UNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD). Los informes presentados por grupos de trabajo constituyen una categoría importante de estos documentos. Se puede encontrar información sobre los grupos de trabajo y su documentación en el sitio web de la Comisión. El Anuario de la CNUDMI reproduce una selección de documentos de trabajo de un año dado (véase infra).
  • Las actas resumidas de las sesiones son publicadas bajo la signatura de serie A/CN.9/SR.[número de sesión] (por ejemplo, A/CN.9/SR.842: Acta resumida de la 842° sesión del 28 de junio de 2007). El Anuario de la CNUDMI reproduce una selección de actas resumidas para un año dado (véase infra). Se puede obtener el texto completo de las actas de las sesiones a través de UNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD).
  • Los informes anuales de la Comisión a la Asamblea General son publicados como Suplemento No. 17 de los Documentos Oficiales de la Asamblea General. El listado completo de estos informes (1968 en adelante) se encuentra en la base de datos UN-I-QUE. El informe anual de un año dado se reproduce en el Anuario de la CNUDMI (véase infra). Por medio del sitio web de la Comisión y de UNBISnet, se tiene acceso al texto completo de informes recientes.
  • Los comunicados de prensa de Nueva York se publican bajo la signatura de serieL/- y pueden obtenerse mediante la opción de búsqueda en el sitio web decomunicados de prensa y cobertura de reuniones de las Naciones Unidas o en la sección de noticias del sitio web de la Comisión.

Publicaciones Principales que exponen en detalle el trabajo de la CNUDMI:
  • El Anuario de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional reproduce el informe anual de la Comisión, así como las acciones y comentarios sobre ésta; los estudios e informes sobre temas principales, el texto completo de instrumentos jurídicos y las actas de algunas sesiones que se celebraron un año dado. El listado completo de los anuarios se encuentra en la base de datos UN-I-QUE. El texto completo de todos los anuarios se encuentra en el sitio web de la Comisión.
  • UNCITRAL: The United Nations Commission on International Trade Law(Número de venta: 86.V.8) ofrece un resumen de las actividades de la CNUDMI a agosto de 1985 y reproduce el texto de instrumentos jurídicos preparados bajo sus auspicios hasta esa fecha. Una lista actualizada de estos instrumentos jurídicoscon enlaces al texto completo e información sobre su estado está disponible en línea. 
  • La Bibliografía de obras recientemente publicadas relativas a la labor de la CNUDMIeditada cada año, es parte del anuario y además se publica individualmente desde 1986. Una lista de obras recientes se actualiza continuamente en el sitio web de la Comisión.

  DOCUMENTACIÓN JURÍDICA

En la base de datos UNBISnet se puede encontrar un listado más completo de documentos y publicaciones de las Naciones Unidas sobre temas relacionados con el derecho. UNBISnet proporciona enlaces al texto íntegro de la documentación reciente. Los siguientes términos pueden ser de utilidad para realizar búsquedas: environmental law (derecho ambiental), intellectual property (propiedad intelectual), international criminal courts (tribunales penales internacionales), international trade law (derecho mercantil internacional), judicial system (sistema judicial), law of the sea (derecho del mar), law of treaties (derecho de los tratados), space law (derecho del espacio), war crimes (crímenes de guerra), etc. Se pueden identificar más descriptores usando el Tesauro UNBIS. Para hacer búsquedas por temas también se pueden usar nombres propios; por ejemplo, Conference on the Law of Treaties between States and International Organizations or between International Organizations (Conferencia sobre el Derecho de Tratados Entre Estados y Organizaciones Internacionales o Entre Organizaciones Internacionales); Convention on the Law of the Non-Navigational Uses of International Watercourses (Convención sobre el Derecho de Usos no Navegacionales de Cursos de Agua Internacionales), etc.
 



Preparada y actualizada por el Departamento de Información Pública (DPI), Biblioteca Dag Hammarskjöld (DHL) . Comentarios y sugerencias para adiciones o mejoras en el futuro pueden enviarse a: Biblioteca Dag Hammarskjöld.


© Naciones Unidas 1995-2014. Reservados todos los derechos - Ultima actualización: 23 de febrero de 2014

TRATADOS Y CONVENIOS

 Tratado, Pacto, Convenio, Convención, entre otras, son términos que hacen referencia a los acuerdos celebrados entre los Estados y regidos por el derecho internacional. Por medio de estos instrumentos jurídicos aceptan una serie de derechos y obligaciones que son de obligado cumplimiento. Su figura es equivalente a los contratos entre particulares.

La Convención de Viena sobre el derecho de los tratados adoptada en Viena el 23 de mayo de 1969, que entró en vigor el 27 de enero de 1980, define expresamente los diversos términos como “Tratado[1] ”, ”parte[2] ”, “ratificación`, `aceptación`, `aprobación` y `adhesión [3]”, entre otros.

[1] Art. 2.1. “se entiende por ´tratado` un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular,” [2] Art. 2.1. “se entiende por `parte` un Estado que ha consentido en obligarse por el tratado y con respecto al cual el tratado está en vigor;” [3] Art. 2.1. “se entiende por ´ratificación`, `aceptación`, `aprobación` y `adhesión´, según el caso, el acto internacional así denominado por el cual un Estado hace constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un Estado;” 

 Los Tratados internacionales se basan en el reconocimiento del Estado de derecho, es decir, que los Estados están controlados por el Derecho legítimo (democrático). El principal elemento del Estado de derecho es el principio de legalidad (también conocido como el imperio de la Ley) que se basa en el acatamiento de la ley, adoptada mediante procesos establecidos. El Estado de Derecho garantiza los derechos fundamentales y la separación de poderes. 

A raíz de la cada vez mayor interdependencia entre los Estados, además de la creciente cantidad de Asuntos que son de preocupación mundial, han aumentado considerablemente los instrumentos jurídicos que buscan hacer frente a los diversos temas y por tanto, se cuenta ahora con un amplio abanico de herramientas jurídicas que conforman el derecho internacional. Este aumento de Tratados ha generado la necesidad de codificar los instrumentos, lo cual se empieza a dar a partir de 1969, con la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (también llamada “Tratado de los Tratados”) y se refuerza en 1986 con la Convención sobre Tratados Celebrados entre Organismos Internacionales o entre Organismos Internacionales y Estados.

Actualmente, existen más de 500 convenciones, tratados y normas en la Organización de Naciones Unidas (en adelante Naciones Unidas), como producto del esfuerzo expreso por impulsar el derecho internacional y su codificación, todos orientados a brindar un marco jurídico que permita la promoción de la paz, la seguridad internacional y el desarrollo económico y social, lo cual es un mandato de la propia Carta de Naciones Unidas que en su preámbulo afirma la importancia de “crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional”.

Naciones Unidas cuenta con una serie de Cortes y Tribunales, algunos de los cuales existen prácticamente desde la creación de ésta. Dichas instancias son: la Corte Internacional de Justicia, el Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, el Tribunal Internacional para Rwanda y la Corte Penal Internacional. Esta última corresponde a uno de los más recientes y mayores logros a nivel global de la justicia internacional, porque permite llevar ante los tribunales a las personas responsables de algunas de las principales atrocidades como el genocidio, los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra, algo que hasta entonces no había sido posible. 

La otra vía que tiene Naciones Unidas para cumplir su mandato sobre derecho internacional son los denominados Órganos Jurídicos que son: la Sexta Comisión de la Asamblea General, la Comisión de Derecho Internacional y la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. 

Por último, es de señalar que los Tratados al ser firmados, necesitan pasar por una segunda fase que es la ratificación por parte de los Estados, para poder entrar en vigor. Una vez ocurre esto, las legislaciones nacionales tienen que emprender el proceso de adaptación a la legislación internacional a fin de permitir su aplicación efectiva [4].

 [4] Art. 2.2. del PIDCP: “Cada Estado Parte se compromete a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones del presente Pacto, las medidas oportunas para dictar las disposiciones legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en el presente Pacto y que no estuviesen ya garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter.”

Además la Convención de Viena en su Art. 27, expresa lo siguiente: “Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado.” 

Entra en vigor el TLC Costa Rica-Perú


01 junio 2013. Entra en vigor el TLC Costa Rica-Perú ¡Nuevo!


Costa Rica - Perú
Texto del acuerdo
 Antecedentes y negociaciones
  El 10 de setiembre de 2010, Costa Rica, El Salvador, Honduras y Panamá acordaron iniciar negociaciones para un Acuerdo de Libre Comercio con Perú. Si bien las negociaciones se desarrollarían de manera conjunta, los acuerdos tendrían un carácter bilateral entre Perú y cada unos de los países centroamericanos participantes. Entre el 08 y 12 de noviembre de 2010, se llevó a cabo la primera ronda de negociaciones en Lima, Perú. Durante esta primera ronda Guatemala se unió a las negociaciones. La segunda ronda se realizó entre el 17 y 21 de enero de 2011 en Panamá. La tercera ronda se realizó entre el 28 de febrero y el 4 de marzo de 2011 en San José, Costa Rica. Entre el 04 y 08 de abril se realizó una mini ronda de negociaciones en Panamá. La cuarta ronda de negociaciones se realizó en Lima, Perú, entre el 02 y el 06 de mayo de 2011. En esta ronda Perú y Panamá, así como Perú y Costa Rica, concluyeron negociaciones para sus respectivos tratados de libre comercio. El 25 de mayo de 2011, Panamá y Perú firmaron un tratado de libre comercio. A su vez, el 26 de mayo de 2011, Costa Rica y Perú firmaron un tratado de libre comercio en San José, Costa Rica.
Documentos relacionados con las negociaciones
26 mayo 2011San José, Costa Rica. Costa Rica y Perú suscriben TLC PDF 
02- 06 mayo 2011Lima, Perú. Cuarta Ronda de negociaciones: Perú y Panamá concluyen negociaciones para un TLC PDF
 Lima, Perú. Cuarta Ronda de negociaciones; Perú y Costa Rica concluyen negociaciones para un TLC PDF
04 abril 2011Ciudad de Panamá, Panamá. Mini ronda de negociaciones para un TLC entre Centroamérica y Perú PDF
28 febrero 2011San José, Costa Rica. Tercera ronda de negociaciones para un TLC entre Centroamérica y Perú PDF
21 enero 2011Ciudad de Panamá, Panamá. Segunda ronda de negociaciones para un TLC entre Centroamérica y Perú PDF
12 noviembre 2010Lima, Perú. Primera ronda de negociaciones para un TLC entre Centroamérica y Perú PDF
10 setiembre 2010Ciudad de Panamá, Panamá. Centroamérica y Perú inician negociaciones para un TLC en noviembre 2010 PDF
Fuente: Ministerio de Comercio de Costa Rica (COMEX); Ministerio de Comercio e Industrias, Panamá; Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), Perú
 Vigencia
  El 27 de marzo de 2012, el Gobierno de Perú ratificó el Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y Perú. La Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó en primero y segundo debate el TLC entre Costa Rica y Perú el 11 de marzo de 2013 y el 22 de abril de 2013, respectivamente. El TLC Costa Rica-Perú entró en vigor el 01 de junio de 2013.
Documentos relacionados con la vigencia del acuerdo
01 junio 2013Tratado de Libre Comercio Costa Rica-Perú entra en vigor el 01 de junio de 2013 PDF Nuevo!
22 abril 2013Asamblea Legislativa de Costa Rica aprueba en segundo debate el TLC entre Costa Rica y Perú PDF
11 marzo 2013Asamblea Legislativa de Costa Rica aprueba en primer debate el TLC entre Costa Rica y Perú PDF
27 marzo 2012Gobierno de Perú ratifica el TLC Costa Rica-Perú PDF
Fuente: Ministerio de Comercio de Costa Rica (COMEX)
 Fuentes
 

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